¿Qué es la Ley de enseñanzas artísticas?
Es la nueva ley para regular las enseñanzas artísticas superiores, sus centros y profesorado; recoge los derechos y deberes del estudiantado, establece aspectos sobre su organización y las equipara a las universitarias.
a) Enseñanzas Artísticas Superiores de Música.
b) Enseñanzas Artísticas Superiores de Danza.
c) Enseñanzas Artísticas Superiores de Arte Dramático.
d) Enseñanzas Artísticas Superiores de Conservación y Restauración de Bienes Culturales.
e) Enseñanzas Artísticas Superiores de Artes Plásticas.
f) Enseñanzas Artísticas Superiores de Diseño.
g) Enseñanzas Artísticas Superiores de Artes Audiovisuales, del Videojuego, de la Animación, y de la Cinematografía.
h) Enseñanzas Artísticas Superiores de Escritura Creativa.
i) Enseñanzas Artísticas Superiores de Artes Circenses.
Como consecuencia de la continúa evolución y cambio en los sistemas de formación y educación universitaria y con el fin de atender a las nuevas necesidades para dar respuesta a las demandas sociales, para dar respuesta a los avances científicos y tecnológicos, hay que dar fuerza a la capacidad creadora, la sensibilidad estética y la conciencia cultural para enriquecer a las personas y construir sociedades de pleno desarrollo, se crea una formación artística de calidad como pilar fundamental para el progreso de una sociedad creativa, innovadora y flexible, preparada para enfrentar con decisión los retos y desafíos del futuro.
Existencia una demanda generalizada de una regulación específica de las enseñanzas artísticas superiores; demanda que se ha materializado repetidamente a través de las reivindicaciones expresadas por docentes, estudiantes y profesionales de las artes, y en forma de diferentes iniciativas legislativas presentadas en los últimos años en las Cortes Generales por distintos grupos parlamentarios.
Enseñanzas artísticas Superiores
Son las enseñanzas pertenecientes a los niveles de grado y posgrado de la educación superior del sistema educativo orientadas específicamente a la formación artística en cualquiera de sus disciplinas, y están integradas en el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (en adelante, MECES) en el mismo nivel que los títulos universitarios a los que son equivalentes.
Constituyen un sistema específico de formación artística de calidad que persigue responder con eficacia y transparencia a las demandas sociales, culturales y económicas, tanto nacionales como internacionales, garantizando la formación de los futuros profesionales de las artes y las industrias creativas con las cualificaciones necesarias para la práctica de la creación y recreación de las obras de arte, el estudio y desarrollo de los fundamentos científicos, pedagógicos, humanísticos, artísticos y tecnológicos aplicables a la práctica de la creación, la transmisión, la interpretación, y la conservación y restauración de las obras de arte y diseño, y la transferencia e intercambio de conocimientos en el campo de las artes, así como de impulsar los sectores tecnológicos que, por su propia naturaleza, necesitan de las industrias creativas para su desarrollo.
Enseñanzas artísticas Profesionales
Son las Enseñanzas Profesionales de Música y de Danza, y las Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño.
Las Enseñanzas Artísticas Profesionales de Música y de Danza se organizarán en un grado de una duración mínima de seis cursos de duración. Sin perjuicio de lo anterior, en el marco de la ordenación de estas enseñanzas se podrá contemplar la regulación de itinerarios académicos específicamente destinados a la obtención de un título de Técnico o de Técnico Superior, o de una acreditación oficial de las competencias profesionales que previamente se hubieran definido dentro de las correspondientes disciplinas artísticas.
Acceso a las enseñanzas artísticas universitarias oficiales.
Los títulos oficiales de las enseñanzas artísticas superiores permitirán el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Máster y Doctorado, sin perjuicio de otros criterios de admisión que, en su caso, determine la universidad a la que se pretenda acceder.
Convocatoria de procesos selectivos de ingreso y acceso a los niveles de grado y posgrado de la educación superior
Se habilita a las administraciones educativas competentes para que puedan continuar realizando procesos selectivos de ingreso y de acceso de funcionarios de carrera en los cuerpos actualmente existentes, de Catedráticos de Música y Artes Escénicas, de Profesores de Música y Artes Escénicas, de Catedráticos de Artes Plásticas y Diseño, y de Profesores de Artes Plásticas y Diseño, así como para el nombramiento de personal interino en esos cuerpos, con los requisitos que existían para cada uno de ellos.
Novedades y aspectos destacados de la ley:
- Inclusión de las Artes Audiovisuales y la Escritura Creativa, y la opción de que estas enseñanzas superiores se abran a otras disciplinas como el circo.
- Reconocimiento del paro académico, igual que recoge la reciente Ley Orgánica del Sistema Universitario.
- Se permite compaginar la actividad docente con la contratación laboral artística.
- Crea cuatro nuevos cuerpos docentes: profesores y catedráticos de Enseñanzas Superiores; profesores y catedráticos de Enseñanzas Profesionales, y los Maestros de Taller.
- Los estudiantes tendrán las mismas garantías que el alumnado de cualquier país de la UE al tener su titulación el mismo reconocimiento y homologación.
- El alumnado en prácticas cotizará a la Seguridad Social como los de FP.
- Los estudiantes podrán recibir una beca en las mismas condiciones que los universitarios.
- Posibilita la creación de «Campus de las Artes«.
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